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  España  Cataluña  Condenado a 6 años un acusado de intentar matar a un joven en Santa Coloma de Farners (Girona)
CataluñaEspaña

Condenado a 6 años un acusado de intentar matar a un joven en Santa Coloma de Farners (Girona)

21 de noviembre de 2025
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La Audiencia Provincial de Girona ha condenado a 6 años de cárcel a uno de los tres acusados de intentar matar a un joven el 24 de septiembre de 2022 en el marco de la fiesta mayor de Santa Coloma de Farners (Girona), pero descarta la motivación racista.. En la sentencia, el tribunal lo condena a 6 años de cárcel como autor de un delito de asesinato en grado de tentativa con la atenuante analógica de trastorno mental leve agravado por el consumo de drogas y reparación del daño, e indica que no concurre la agravante de actuar por motivos discriminatorios por razón de raza u origen nacional.. En este sentido, argumenta que no ha quedado acreditado que el ahora condenado profiriese «ningún insulto (tampoco racista), ni en el momento inicial del conflicto (porque no estaba) ni en los momentos previos al apuñalamiento, ni tampoco en el transcurso de este ni con posterioridad».. La agresión. Los hechos ocurrieron sobre las 3.30 horas del 24 de septiembre de 2022, cuando uno de los acusados, acompañado por otro –que han sido absueltos– se dirigió en actitud «intimidadora» hacia un grupo de jóvenes que se habían desplazado desde Arbúcies (Girona) hasta Santa Coloma de Farners con motivo de la fiesta mayor.. El acusado se dirigió a una chica que estaba con su pareja, un joven negro, y a ella la tachó de traidora mientras que a él le llamó «puto negro», para continuar profiriendo insultos racistas a otro de los presentes, lo que dio comienzo a una pelea.. El ahora condenado llegó al lugar de los hechos, donde se encontraban los otros dos acusados, con la intención de mediar, pero acabó apuñalando a un joven en el brazo con un cuchillo que llevaba «todo el tiempo escondido».. Después, se dirigió a otro y le asestó una puñalada en la zona del pecho y, acto seguido, una segunda en la zona del abdomen, lo que le produjo una evisceración por la que tuvo que ser trasladado urgentemente al Hospital Josep Trueta y sometido a una intervención quirúrgica ante el riesgo vital que comportaban estas lesiones.. No actuó en legítima defensa. En la sentencia, el tribunal argumenta que el ahora condenado no actuó en legítima defensa porque, aunque el grupo de Arbúcies era más numeroso que el integrado por los acusados, «en ningún caso ha quedado probado que la totalidad del grupo numeroso agrediese a los acusados».. Además, tanto por el medio utilizado por el agresor –un cuchillo–, como por la zona en la que apuñaló a la segunda víctima –el pecho y el abdomen–, como por la repetición de los actos –una puñalada al primer joven y dos al segundo– y el modo en el que lo hizo –clavando el cuchillo hasta 6 centímetros–, la actuación «no se puede amparar en la legítima defensa».. Para el tribunal, el acusado tuvo la intención de matar a la segunda de las víctima y, además, actuó con alevosía, pues no tuvo la capacidad de defenderse, al no ser «consciente de que estaba siendo apuñalada hasta que el ataque se había consumado».. Además de la pena de prisión impuesta por el intento de asesinato, el tribunal lo ha condenado a indemnizar a la víctima con 28.875 euros, mientras que por apuñalar en el brazo a un segundo joven lo ha condenado a 600 euros de multa por un delito leve de lesiones y a indemnizarlo con 1.400 euros.. Absueltos. El tribunal ha absuelto a los otros dos acusados de un delito de asesinato en grado de tentativa y de un delito de lesiones leves, como pedían la Fiscalía y la acusación particular.. Esgrime que, aunque ha quedado acreditado que uno de ellos profirió insultos –entre ellos racistas– y agredió a dos personas en el episodio inicial, no se le puede condenar al no constar en los escritos de acusación ni haber sido denunciados. La acusación particular, que ejerce el abogado Benet Salellas en representación de los jóvenes que recibieron las puñaladas, ha anunciado que presentará un recurso contra esta sentencia.

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La Audiencia de Girona descarta la motivación racista, en contra de lo que sostenían las acusaciones

  

La Audiencia Provincial de Girona ha condenado a 6 años de cárcel a uno de los tres acusados de intentar matar a un joven el 24 de septiembre de 2022 en el marco de la fiesta mayor de Santa Coloma de Farners (Girona), pero descarta la motivación racista.. En la sentencia, el tribunal lo condena a 6 años de cárcel como autor de un delito de asesinato en grado de tentativa con la atenuante analógica de trastorno mental leve agravado por el consumo de drogas y reparación del daño, e indica que no concurre la agravante de actuar por motivos discriminatorios por razón de raza u origen nacional.. En este sentido, argumenta que no ha quedado acreditado que el ahora condenado profiriese «ningún insulto (tampoco racista), ni en el momento inicial del conflicto (porque no estaba) ni en los momentos previos al apuñalamiento, ni tampoco en el transcurso de este ni con posterioridad».. La agresión. Los hechos ocurrieron sobre las 3.30 horas del 24 de septiembre de 2022, cuando uno de los acusados, acompañado por otro –que han sido absueltos– se dirigió en actitud «intimidadora» hacia un grupo de jóvenes que se habían desplazado desde Arbúcies (Girona) hasta Santa Coloma de Farners con motivo de la fiesta mayor.. El acusado se dirigió a una chica que estaba con su pareja, un joven negro, y a ella la tachó de traidora mientras que a él le llamó «puto negro», para continuar profiriendo insultos racistas a otro de los presentes, lo que dio comienzo a una pelea.. El ahora condenado llegó al lugar de los hechos, donde se encontraban los otros dos acusados, con la intención de mediar, pero acabó apuñalando a un joven en el brazo con un cuchillo que llevaba «todo el tiempo escondido».. Después, se dirigió a otro y le asestó una puñalada en la zona del pecho y, acto seguido, una segunda en la zona del abdomen, lo que le produjo una evisceración por la que tuvo que ser trasladado urgentemente al Hospital Josep Trueta y sometido a una intervención quirúrgica ante el riesgo vital que comportaban estas lesiones.. No actuó en legítima defensa. En la sentencia, el tribunal argumenta que el ahora condenado no actuó en legítima defensa porque, aunque el grupo de Arbúcies era más numeroso que el integrado por los acusados, «en ningún caso ha quedado probado que la totalidad del grupo numeroso agrediese a los acusados».. Además, tanto por el medio utilizado por el agresor –un cuchillo–, como por la zona en la que apuñaló a la segunda víctima –el pecho y el abdomen–, como por la repetición de los actos –una puñalada al primer joven y dos al segundo– y el modo en el que lo hizo –clavando el cuchillo hasta 6 centímetros–, la actuación «no se puede amparar en la legítima defensa».. Para el tribunal, el acusado tuvo la intención de matar a la segunda de las víctima y, además, actuó con alevosía, pues no tuvo la capacidad de defenderse, al no ser «consciente de que estaba siendo apuñalada hasta que el ataque se había consumado».. Además de la pena de prisión impuesta por el intento de asesinato, el tribunal lo ha condenado a indemnizar a la víctima con 28.875 euros, mientras que por apuñalar en el brazo a un segundo joven lo ha condenado a 600 euros de multa por un delito leve de lesiones y a indemnizarlo con 1.400 euros.. Absueltos. El tribunal ha absuelto a los otros dos acusados de un delito de asesinato en grado de tentativa y de un delito de lesiones leves, como pedían la Fiscalía y la acusación particular.. Esgrime que, aunque ha quedado acreditado que uno de ellos profirió insultos –entre ellos racistas– y agredió a dos personas en el episodio inicial, no se le puede condenar al no constar en los escritos de acusación ni haber sido denunciados. La acusación particular, que ejerce el abogado Benet Salellas en representación de los jóvenes que recibieron las puñaladas, ha anunciado que presentará un recurso contra esta sentencia.

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