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  Sociedad  Condenado a 26 años de cárcel por asesinar a su expareja en Zaragoza delante de su hijo
Sociedad

Condenado a 26 años de cárcel por asesinar a su expareja en Zaragoza delante de su hijo

10 de marzo de 2026
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 26 años y tres meses de prisión al hombre que asesinó a su expareja en el portal de su vivienda en la localidad de Villanueva de Gállego (Zaragoza) cuando ella iba a recoger a su hijo de 6 años.. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, parte de que el hombre había sido condenado en mayo de 2022 a permanecer alejado de su expareja durante 8 meses por maltrato, momento en el que decidió ir a vivir con su madre en Villanueva, localidad a la que llegó poco después el hijo menor, que había estado viviendo con la madre.. A pesar de la orden judicial, el hombre se comunicaba de forma continua con su expareja, a la que enviaba mensajes cariñosos continuos, pero cuando a principios de 2023 conoció que la mujer había iniciado una nueva relación con otro hombre, «los mensajes comenzaron a adquirir un tono intimidatorio e insultante».. «Tú muerta, más tarde o más temprano» o «la próxima que te vea te mato osea no te pongas a mi alcance», fueron algunos de los mensajes que advertían de unos males que podían considerarse «serios y creíbles», como así ocurrió el 3 de marzo de 2023.. Aquel día cogió un cuchillo de cocina de unos veinte centímetros de hoja y bajó al portal a esperarla en compañía del niño. Fue entonces cuando, tras recoger la mochila del pequeño, el condenado le atacó y, a pesar de que ésta trató de impedir el ataque con sus manos intentando sujetar el cuchillo, no pudo impedir que le propinara una cuchillada mortal en el tórax que le hizo caer en el suelo.. Y estando con vida, continúa la sentencia, se agachó para degollarla con múltiples cuchilladas en cara y cuello hasta el punto que llegó a romperse el cuchillo, que arrojó a una alcantarilla.. Acto seguido, subió a su domicilio para salir posteriormente a la calle pasando por encima del cadáver de la mujer que estaba tendido en el portal del edificio e irse a un bar donde tomó una copa de anís, ante de regresar a su casa hasta que fue detenido. El niño observó todo el ataque y la muerte de su madre. Dice la resolución que el ataque se produjo de «forma sorpresiva, súbita e inesperada», «en un lugar que por sus reducidas dimensiones impidió a la víctima cualquier posibilidad de huida y de defensa» y con el menor siempre presente, quien «pudo observar todo el ataque perpetrado por su padre contra su madre, así como el fallecimiento de esta», lo que le ha hecho requerir apoyo psicológico.. La Audiencia de Zaragoza le condenó a 25 años y nueve meses de prisión por asesinato con alevosía y ensañamiento, con la atenuante de confesión, quebrantamiento de condena, amenazas graves y vejaciones injustas e igualmente le impuso una indemnización de más de 271.000 euros al hijo y familiares de la mujer así como la privación de la patria potestad.. El condenado y el Gobierno de Aragón recurrieron el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón que elevó en seis meses la condena al entender «inaplicable la atenuante de confesión», por lo que el acusado recurrió al Supremo argumentado que no concurre alevosía ni ensañamiento, de forma que se trataría de un homicidio.. En el caso del ensañamiento, la defensa destacó que el acusado «no tiene conocimientos médicos» y «no podía saber que la primera puñalada fuera suficiente para causar la muerte», de modo que «se infligieron las siguientes para asegurar el resultado, sin que se hayan aportado pruebas de que pretendiera más daño y sufrimiento a la víctima».. Pero el Supremo rechaza todas sus alegaciones y deja claro que concurrió alevosía a tenor de las circunstancias en las que se produjo el ataque, en «un acto familiar trivial y alejado de cualquier contexto coyuntural de enfrentamiento o discusión».. Y también ensañamiento porque el condenado «fue consciente que la saña del ataque a la cara de su víctima (…) suponía un tormento angustioso y doloroso para su víctima, que asumió plenamente y no motivó ningún cambio en su ataque».

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El Supremo ratifica la pena

  

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 26 años y tres meses de prisión al hombre que asesinó a su expareja en el portal de su vivienda en la localidad de Villanueva de Gállego (Zaragoza) cuando ella iba a recoger a su hijo de 6 años.. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, parte de que el hombre había sido condenado en mayo de 2022 a permanecer alejado de su expareja durante 8 meses por maltrato, momento en el que decidió ir a vivir con su madre en Villanueva, localidad a la que llegó poco después el hijo menor, que había estado viviendo con la madre.. A pesar de la orden judicial, el hombre se comunicaba de forma continua con su expareja, a la que enviaba mensajes cariñosos continuos, pero cuando a principios de 2023 conoció que la mujer había iniciado una nueva relación con otro hombre, «los mensajes comenzaron a adquirir un tono intimidatorio e insultante».. «Tú muerta, más tarde o más temprano» o «la próxima que te vea te mato osea no te pongas a mi alcance», fueron algunos de los mensajes que advertían de unos males que podían considerarse «serios y creíbles», como así ocurrió el 3 de marzo de 2023.. Aquel día cogió un cuchillo de cocina de unos veinte centímetros de hoja y bajó al portal a esperarla en compañía del niño. Fue entonces cuando, tras recoger la mochila del pequeño, el condenado le atacó y, a pesar de que ésta trató de impedir el ataque con sus manos intentando sujetar el cuchillo, no pudo impedir que le propinara una cuchillada mortal en el tórax que le hizo caer en el suelo.. Y estando con vida, continúa la sentencia, se agachó para degollarla con múltiples cuchilladas en cara y cuello hasta el punto que llegó a romperse el cuchillo, que arrojó a una alcantarilla.. Acto seguido, subió a su domicilio para salir posteriormente a la calle pasando por encima del cadáver de la mujer que estaba tendido en el portal del edificio e irse a un bar donde tomó una copa de anís, ante de regresar a su casa hasta que fue detenido. El niño observó todo el ataque y la muerte de su madre. Dice la resolución que el ataque se produjo de «forma sorpresiva, súbita e inesperada», «en un lugar que por sus reducidas dimensiones impidió a la víctima cualquier posibilidad de huida y de defensa» y con el menor siempre presente, quien «pudo observar todo el ataque perpetrado por su padre contra su madre, así como el fallecimiento de esta», lo que le ha hecho requerir apoyo psicológico.. La Audiencia de Zaragoza le condenó a 25 años y nueve meses de prisión por asesinato con alevosía y ensañamiento, con la atenuante de confesión, quebrantamiento de condena, amenazas graves y vejaciones injustas e igualmente le impuso una indemnización de más de 271.000 euros al hijo y familiares de la mujer así como la privación de la patria potestad.. El condenado y el Gobierno de Aragón recurrieron el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón que elevó en seis meses la condena al entender «inaplicable la atenuante de confesión», por lo que el acusado recurrió al Supremo argumentado que no concurre alevosía ni ensañamiento, de forma que se trataría de un homicidio.. En el caso del ensañamiento, la defensa destacó que el acusado «no tiene conocimientos médicos» y «no podía saber que la primera puñalada fuera suficiente para causar la muerte», de modo que «se infligieron las siguientes para asegurar el resultado, sin que se hayan aportado pruebas de que pretendiera más daño y sufrimiento a la víctima».. Pero el Supremo rechaza todas sus alegaciones y deja claro que concurrió alevosía a tenor de las circunstancias en las que se produjo el ataque, en «un acto familiar trivial y alejado de cualquier contexto coyuntural de enfrentamiento o discusión».. Y también ensañamiento porque el condenado «fue consciente que la saña del ataque a la cara de su víctima (…) suponía un tormento angustioso y doloroso para su víctima, que asumió plenamente y no motivó ningún cambio en su ataque».

 

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