La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a 16 meses de prisión a un hombre por dos delitos contra la integridad moral tras hacerse pasar por agente de la Policía Local y de la Guardia Civil para exigir a dos menores que le enviaran vídeos de contenido sexual.. Según la sentencia, el tribunal le impone además una multa de 2.880 euros por dos delitos de quebrantamiento de medida cautelar, ya que los hechos se cometieron cuando pesaba sobre él una prohibición de alejamiento y comunicación respecto de las víctimas.. El fallo establece igualmente que deberá indemnizar con 1.500 euros a cada uno de los menores por los daños morales causados, y le prohíbe comunicarse por cualquier medio o acercarse a menos de 500 metros de ellos durante 16 meses, a contar desde el cumplimiento de la pena de prisión.. Los hechos se iniciaron el 5 de junio de 2023, cuando el condenado contactó a uno de los menores, que tenía 15 años, a través de una red social. En esa comunicación se hizo pasar por agente de la Policía Local y le requirió que enviara vídeos en los que en los que “mostrara o se golpeara los testículos”.. El acusado llegó a amenazarle con difundir a través de un enlace del colegio otro vídeo de carácter sexual que tenía del menor, si bien no logró su objetivo debido a la negativa de la víctima.. Días después, entre el 20 y el 21 de junio, repitió la conducta con otro menor, al que contactó haciéndose pasar por agente de la Guardia Civil. En esa ocasión aseguró que podía ayudarle con un juicio pendiente, en relación con unos hechos anteriores que no son objeto de este procedimiento.. A continuación, le pidió que enviara vídeos de contenido sexual en los que apareciera el menor y le advirtió de que, si no lo hacía, “iría a por él”, “sería peor” o tendría que pagarle 190.000 euros “si perdía el juicio”. Tampoco en este caso consiguió que la víctima remitiera el material solicitado.. La sentencia, fruto de un acuerdo entre las partes con la conformidad de los hechos, la calificación jurídica y las penas, es firme y no admite recurso.
Le pidió que enviara vídeos de contenido sexual en los que apareciera el menor y le advirtió de que, si no lo hacía, “iría a por él”
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a 16 meses de prisión a un hombre por dos delitos contra la integridad moral tras hacerse pasar por agente de la Policía Local y de la Guardia Civil para exigir a dos menores que le enviaran vídeos de contenido sexual.. Según la sentencia, el tribunal le impone además una multa de 2.880 euros por dos delitos de quebrantamiento de medida cautelar, ya que los hechos se cometieron cuando pesaba sobre él una prohibición de alejamiento y comunicación respecto de las víctimas.. El fallo establece igualmente que deberá indemnizar con 1.500 euros a cada uno de los menores por los daños morales causados, y le prohíbe comunicarse por cualquier medio o acercarse a menos de 500 metros de ellos durante 16 meses, a contar desde el cumplimiento de la pena de prisión.. Los hechos se iniciaron el 5 de junio de 2023, cuando el condenado contactó a uno de los menores, que tenía 15 años, a través de una red social. En esa comunicación se hizo pasar por agente de la Policía Local y le requirió que enviara vídeos en los que en los que “mostrara o se golpeara los testículos”.. El acusado llegó a amenazarle con difundir a través de un enlace del colegio otro vídeo de carácter sexual que tenía del menor, si bien no logró su objetivo debido a la negativa de la víctima.. Días después, entre el 20 y el 21 de junio, repitió la conducta con otro menor, al que contactó haciéndose pasar por agente de la Guardia Civil. En esa ocasión aseguró que podía ayudarle con un juicio pendiente, en relación con unos hechos anteriores que no son objeto de este procedimiento.. A continuación, le pidió que enviara vídeos de contenido sexual en los que apareciera el menor y le advirtió de que, si no lo hacía, “iría a por él”, “sería peor” o tendría que pagarle 190.000 euros “si perdía el juicio”. Tampoco en este caso consiguió que la víctima remitiera el material solicitado.. La sentencia, fruto de un acuerdo entre las partes con la conformidad de los hechos, la calificación jurídica y las penas, es firme y no admite recurso.
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