El Consell Assessor de Comerç de la Generalitat ha aprobado el calendario de domingos y festivos con apertura comercial para 2027 en Cataluña. Este contempla ocho días aplicables al conjunto de la comunidad autónoma que son los siguientes:. 3 de enero: Rebajas de invierno. 27 de junio: Rebajas de verano. 1 de noviembre. 28 de noviembre: Black Friday. 6 de diciembre: Campaña de Navidad. 8 de diciembre: Campaña de Navidad. 12 de diciembre: Campaña de Navidad. 19 de diciembre: Campaña de Navidad. La propuesta se enmarca en la nueva regulación comercial -Ley 12/2025, de 29 de diciembre-, que introduce una «mayor flexibilidad para las empresas con establecimientos orientados a la compra cotidiana y de alimentación», según el Govern.. Los ayuntamientos tendrán la capacidad de sustituir dos días del calendario general por otros festivos, a excepción de los días 1 y 6 de enero, domingo y lunes de Pascua, 1 de mayo, 24 de junio, 11 de septiembre y 25 y 26 de diciembre, para adaptarse a su realidad local. Los consistorios contarán con la potestad igualmente de añadir dos fechas adicionales al calendario general.. También se efectuarán iniciativas de urbanismo comercial, subvenciones para mejorar la competitividad del sector ferial o actividades y programas de apoyo para el sector como líneas estratégicas en el ámbito del comercio.
Los ayuntamientos podrán añadir dos fechas adicionales al calendario general
El Consell Assessor de Comerç de la Generalitat ha aprobado el calendario de domingos y festivos con apertura comercial para 2027 en Cataluña. Este contempla ocho días aplicables al conjunto de la comunidad autónoma que son los siguientes:. 3 de enero: Rebajas de invierno. 27 de junio: Rebajas de verano. 1 de noviembre. 28 de noviembre: Black Friday. 6 de diciembre: Campaña de Navidad. 8 de diciembre: Campaña de Navidad. 12 de diciembre: Campaña de Navidad. 19 de diciembre: Campaña de Navidad. La propuesta se enmarca en la nueva regulación comercial -Ley 12/2025, de 29 de diciembre-, que introduce una «mayor flexibilidad para las empresas con establecimientos orientados a la compra cotidiana y de alimentación», según el Govern.. Los ayuntamientos tendrán la capacidad de sustituir dos días del calendario general por otros festivos, a excepción de los días 1 y 6 de enero, domingo y lunes de Pascua, 1 de mayo, 24 de junio, 11 de septiembre y 25 y 26 de diciembre, para adaptarse a su realidad local. Los consistorios contarán con la potestad igualmente de añadir dos fechas adicionales al calendario general.. También se efectuarán iniciativas de urbanismo comercial, subvenciones para mejorar la competitividad del sector ferial o actividades y programas de apoyo para el sector como líneas estratégicas en el ámbito del comercio.
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