Una nueva vuelta judicial al caso ERE. La Comisión Europea ha propuesto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se declare «incompetente» para responder a las dudas que le planteó la Audiencia de Sevilla en una cuestión prejudicial previa a la revisión de las condenas ordenada por el Constitucional para el caso. «El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia de Sevilla», figura en el escrito de observaciones hecho por el principal órgano ejecutivo de la UE ante dicho tribunal europeo.. Una cuestión prejudicial se utiliza en los casos en que la interpretación o validez del Derecho de la UE está en cuestión, y cuando un órgano jurisdiccional -aquí la Audiencia de Sevilla- ve necesaria una decisión al respecto para poder emitir su fallo o cuando no exista jurisprudencia en el Derecho nacional. Tras un primer pronunciamiento en 2019 de la Audiencia de Sevilla que condenó a 19 ex altos cargos por la pieza política de los ERE, el Supremo avaló después el criterio del tribunal sevillano respecto a la condena de seis años de cárcel por malversación y prevaricación al expresidente andaluz José Antonio Griñán, y de nueve de inhabilitación por ese último delito para su antecesor, Manuel Chaves.. El planteamiento de la cuestión prejudicial se produjo en este caso tras el amparo concedido por el Constitucional a los principales condenados por los ERE, que conllevó que se anulara la pena de cárcel a Griñán y que se rebajara el castigo a Chaves. La Audiencia sevillana, que todavía tiene pendiente dictar nuevas resoluciones ajustadas a lo sentenciado por la corte española de garantías para respetar el derecho fundamental a la legalidad penal que el TC consideró vulnerado, cuestionó que el amparo concedido fuera del todo compatible con el derecho de la Unión Europea.. Concretamente, se preguntó si el TC se había extralimitado e invadido ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales puesto que el Constitucional, al hacer una interpretación alternativa sobre los delitos de prevaricación y de malversación de caudales públicos juzgados, revisó lo planteado tanto por la Audiencia de Sevilla como lo confirmado luego por el Supremo, que habían considerado fraudulentas las ayudas sociolaborales otorgadas en su momento por el Gobierno andaluz para los ERE.
El TJUE es «manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia de Sevilla»
Una nueva vuelta judicial al caso ERE. La Comisión Europea ha propuesto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se declare «incompetente» para responder a las dudas que le planteó la Audiencia de Sevilla en una cuestión prejudicial previa a la revisión de las condenas ordenada por el Constitucional para el caso. «El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia de Sevilla», figura en el escrito de observaciones hecho por el principal órgano ejecutivo de la UE ante dicho tribunal europeo.. Una cuestión prejudicial se utiliza en los casos en que la interpretación o validez del Derecho de la UE está en cuestión, y cuando un órgano jurisdiccional -aquí la Audiencia de Sevilla- ve necesaria una decisión al respecto para poder emitir su fallo o cuando no exista jurisprudencia en el Derecho nacional. Tras un primer pronunciamiento en 2019 de la Audiencia de Sevilla que condenó a 19 ex altos cargos por la pieza política de los ERE, el Supremo avaló después el criterio del tribunal sevillano respecto a la condena de seis años de cárcel por malversación y prevaricación al expresidente andaluz José Antonio Griñán, y de nueve de inhabilitación por ese último delito para su antecesor, Manuel Chaves.. El planteamiento de la cuestión prejudicial se produjo en este caso tras el amparo concedido por el Constitucional a los principales condenados por los ERE, que conllevó que se anulara la pena de cárcel a Griñán y que se rebajara el castigo a Chaves. La Audiencia sevillana, que todavía tiene pendiente dictar nuevas resoluciones ajustadas a lo sentenciado por la corte española de garantías para respetar el derecho fundamental a la legalidad penal que el TC consideró vulnerado, cuestionó que el amparo concedido fuera del todo compatible con el derecho de la Unión Europea.. Concretamente, se preguntó si el TC se había extralimitado e invadido ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales puesto que el Constitucional, al hacer una interpretación alternativa sobre los delitos de prevaricación y de malversación de caudales públicos juzgados, revisó lo planteado tanto por la Audiencia de Sevilla como lo confirmado luego por el Supremo, que habían considerado fraudulentas las ayudas sociolaborales otorgadas en su momento por el Gobierno andaluz para los ERE.
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