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  España  Comunidad de Valencia  Así frena Alicante el ruido de los bares y locales de ocio del Casco Antiguo
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Así frena Alicante el ruido de los bares y locales de ocio del Casco Antiguo

15 de octubre de 2025
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Alicante estrecha el cerco al ruido que directa o indirectamente generan los bares, restaurantes y locales de ocio del Casco Antiguo. ¿Cómo? Declarando Zona Acústica Saturada (ZAS) ese área que, para ser exactos comprende la Plaza Quijano y las calles Virgen de Belén, San Agustín.. La ZAS -aprobada por el Gobierno local en febrero y que, tras resolver las correspondientes alegaciones, se activa ahora- contempla la suspensión de nuevas licencias de actividad y veladores o terrazas. Además, los veladores existentes se reducirán a la mitad tanto en espacio como en número de mesas y sillas y se prohíben las charangas de eventos privados.. El fin de las ZAS es conciliar ocio y diversión nocturnos con el descanso de los vecinos del Casco Antiguo.. Además, se establece el nuevo horario de cierre que, de forma general, en días laborales se establece a las 00.30 horas y la 1 los fines de semana.. De bar en bar. Además de las calles Virgen de Belén y San Agustín, el cerco al ruido afecta también a las calles Padre Maltés, desde el cruce con Virgen de Belén y la Plaza Quijano, en la que se concentran actividades tanto de restauración como de ocio nocturno; la calle Virgen de Belén desde el cruce con la calle Abad Nájera hasta el cruce con Padre Maltés, una zona de gran concentración de actividades de ocio nocturno; es más, en concreto, en la calle Virgen de Belén es literalmente imposible caminar los viernes y sábados por la noche por la aglomeración de personas que transitan por la vía, yendo de bar en bar.. Cafés, cibercafés y bingos. Según informó el Gobierno local a través de un comunicado de prensa, con la nueva normativa se concreta la suspensión de la concesión de títulos habilitantes para la realización de actividades y autorizaciones de ocupación del dominio público municipal, destinadas al catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, socioculturales y establecimientos públicos; se trata de establecimientos como cafés teatro, cafés concierto, cafés cantante, salas polivalentes, salas socioculturales, casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos de máquinas de azar tipo A y B, salones de juego, cibercafés y similares, salas de fiesta, discotecas, salas de baile, pubs y karaokes, establecimientos de exhibiciones especiales, salones de banquetes, restaurantes, cafés, bares, cafeterías y salones lounge.. Esta suspensión de títulos habilitantes -y así se introduce con las alegaciones- no afectará a las solicitudes de cambio de tipo de actividad, siempre que no se destine a un uso para los que no se conceden licencias.. Terrazas y veladores. De la misma forma, se suspende la concesión de licencias para nuevas terrazas o veladores de hostelería en zona de dominio público municipal, así como ampliaciones, modificaciones o adaptaciones que comporten un aumento de la superficie ocupada en el ámbito de la ZAS. Los veladores y terrazas quedan reducidos en el 50 por ciento de superficie de ocupación y el 50 por ciento de mesas y sillas, conforme a las autorizaciones que tuvieran concedidas. Además, se suspende la admisión a trámite de las solicitudes para la instalación de ambientación musical.. Horario de invierno y verano. Los nuevos horarios de cierre de actividad en la ZAS será, con carácter general, hasta las 00.30 horas, las noches de domingo a jueves, y las del viernes, sábado y vísperas de festivo, hasta las 1.00 horas. En cuanto a los veladores, podrán disponer de mesas y sillas de 8.00 a 00.00 horas, con carácter general, debiendo quedar totalmente retirado el mobiliario a las 00.00 horas. En verano, del 1 de junio al 30 de septiembre, se ampliará este horario las noches de viernes, sábados y vísperas de festivo en media hora -de 08.00 a 00.30 horas, debiendo quedar retirado el velador a las 00.30 horas.. Con respecto a las discotecas su horario máximo de cierre se establece a las 1.00 horas las noches de domingo a jueves, salvo las noches de los viernes, sábado y vísperas de festivo, que se extiende hasta las 3.00. Los horarios en Hogueras, Nochebuena, Nochevieja, Año Nuevo y la noche de Reyes se establecerán en el Bando o decreto municipal correspondiente.. También, las denominadas «tiendas de conveniencia» y los establecimientos destinados a venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, comidas para llevar, prensa o bebidas, entre otros, no podrán permanecer abiertos al público en la franja horaria comprendida entre las 00.30 horas y las 7.00 horas. El horario máximo para autorización de verbenas u otro espectáculo en vía pública será con carácter general hasta las 00.00 horas.. Presencia policial. Se intensifica el control del orden público mediante la presencia policial, especialmente en el horario de cierre nocturno, en la ZAS. En este sentido, no se concederán autorizaciones para charangas, pasacalles y actividades análogas (bandas de música) que se desarrollen con motivo de eventos privados. Esta prohibición no afectará a aquellos promovidos por entidades festeras durante la celebración de fiestas populares de la ciudad.. Queda prohibida, en todo caso, la expedición de bebidas y alimentos al exterior de los locales y establecimientos a través de ventanas o barras dispuestas al efecto, así como proveer de vasos para consumir bebidas en el exterior de los locales.. Inspección y control. Otra de las medidas que incluye la ZAS es la de Inspección y Control de Licencias e instrumentos de intervención administrativa, con el objetivo de hacer cumplir las condiciones para reducción progresiva de los niveles sonoros y alcanzar los objetivos de calidad ambiental establecidos.. También, la inactividad durante un periodo ininterrumpido de seis meses podrá determinar la caducidad de la licencia.

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Se activan las medidas de Zona Acústicamente Saturada, suspendiendo nuevas licencias y reduciendo la superficie de las terrazas

  

Alicante estrecha el cerco al ruido que directa o indirectamente generan los bares, restaurantes y locales de ocio del Casco Antiguo. ¿Cómo? Declarando Zona Acústica Saturada (ZAS) ese área que, para ser exactos comprende la Plaza Quijano y las calles Virgen de Belén, San Agustín.. La ZAS -aprobada por el Gobierno local en febrero y que, tras resolver las correspondientes alegaciones, se activa ahora- contempla la suspensión de nuevas licencias de actividad y veladores o terrazas. Además, los veladores existentes se reducirán a la mitad tanto en espacio como en número de mesas y sillas y se prohíben las charangas de eventos privados.. El fin de las ZAS es conciliar ocio y diversión nocturnos con el descanso de los vecinos del Casco Antiguo.. Además, se establece el nuevo horario de cierre que, de forma general, en días laborales se establece a las 00.30 horas y la 1 los fines de semana.. De bar en bar. Además de las calles Virgen de Belén y San Agustín, el cerco al ruido afecta también a las calles Padre Maltés, desde el cruce con Virgen de Belén y la Plaza Quijano, en la que se concentran actividades tanto de restauración como de ocio nocturno; la calle Virgen de Belén desde el cruce con la calle Abad Nájera hasta el cruce con Padre Maltés, una zona de gran concentración de actividades de ocio nocturno; es más, en concreto, en la calle Virgen de Belén es literalmente imposible caminar los viernes y sábados por la noche por la aglomeración de personas que transitan por la vía, yendo de bar en bar.. Cafés, cibercafés y bingos. Según informó el Gobierno local a través de un comunicado de prensa, con la nueva normativa se concreta la suspensión de la concesión de títulos habilitantes para la realización de actividades y autorizaciones de ocupación del dominio público municipal, destinadas al catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, socioculturales y establecimientos públicos; se trata de establecimientos como cafés teatro, cafés concierto, cafés cantante, salas polivalentes, salas socioculturales, casinos de juego, salas de bingo, salones recreativosde máquinas de azar tipo A y B, salones de juego, cibercafés y similares, salas de fiesta, discotecas, salas de baile, pubs y karaokes, establecimientos de exhibiciones especiales, salones de banquetes, restaurantes, cafés, bares, cafeterías y salones lounge.. Esta suspensión de títulos habilitantes -y así se introduce con las alegaciones- no afectará a las solicitudes de cambio de tipo de actividad, siempre que no se destine a un uso para los que no se conceden licencias.. Terrazas y veladores. De la misma forma, se suspende la concesión de licencias para nuevas terrazas o veladores de hostelería en zona de dominio público municipal, así como ampliaciones, modificaciones o adaptaciones que comporten un aumento de la superficie ocupada en el ámbito de la ZAS. Los veladores y terrazas quedan reducidos en el 50 por ciento de superficie de ocupación y el 50 por ciento de mesas y sillas, conforme a las autorizaciones que tuvieran concedidas. Además, se suspende la admisión a trámite de las solicitudes para la instalación de ambientación musical.. Horario de invierno y verano. Los nuevos horarios de cierre de actividad en la ZAS será, con carácter general, hasta las 00.30 horas, las noches de domingo a jueves, y las del viernes, sábado y vísperas de festivo, hasta las 1.00 horas. En cuanto a los veladores, podrán disponer de mesas y sillas de 8.00 a 00.00 horas, con carácter general, debiendo quedar totalmente retirado el mobiliario a las 00.00 horas. En verano, del 1 de junio al 30 de septiembre, se ampliará este horario las noches de viernes, sábados y vísperas de festivo en media hora -de 08.00 a 00.30 horas, debiendo quedar retirado el velador a las 00.30 horas.. Con respecto a las discotecas su horario máximo de cierre se establece a las 1.00 horas las noches de domingo a jueves, salvo las noches de los viernes, sábado y vísperas de festivo, que se extiende hasta las 3.00. Los horarios en Hogueras, Nochebuena, Nochevieja, Año Nuevo y la noche de Reyes se establecerán en el Bando o decreto municipal correspondiente.. También, las denominadas «tiendas de conveniencia» y los establecimientos destinados a venta de pastelería y repostería, pan, platos preparados, comidas para llevar, prensa o bebidas, entre otros, no podrán permanecer abiertos al público en la franja horaria comprendida entre las 00.30 horas y las 7.00 horas. El horario máximo para autorización de verbenas u otro espectáculo en vía pública será con carácter general hasta las 00.00 horas.. Presencia policial. Se intensifica el control del orden público mediante la presencia policial, especialmente en el horario de cierre nocturno, en la ZAS. En este sentido, no se concederán autorizaciones para charangas, pasacalles y actividades análogas (bandas de música) que se desarrollen con motivo de eventos privados. Esta prohibición no afectará a aquellos promovidos por entidades festeras durante la celebración de fiestas populares de la ciudad.. 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