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  España  ¿Asesinato u homicidio? La defensa del condenado por matar a Cristina Cabo pide rebajar la pena en el TSXG
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¿Asesinato u homicidio? La defensa del condenado por matar a Cristina Cabo pide rebajar la pena en el TSXG

12 de enero de 2026
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La defensa del hombre de origen colombiano condenado por matar en 2022 a la lucense Cristina Cabo ha solicitado este lunes que se revise la calificación penal de los hechos y se sustituya el delito de asesinato por el de homicidio.. La petición se formuló durante la vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), a raíz del recurso interpuesto contra la sentencia que le impuso 22 años de prisión por asesinato y cuatro más por robo.. “Pedimos que se valore la correcta calificación de los hechos enjuiciados”, expuso la letrada del condenado, quien sostuvo que, en lugar de asesinato, concurriría un homicidio y que el delito patrimonial debería rebajarse de robo a hurto leve.. Además, reclamó la aplicación de varias atenuantes: confesión, legítima defensa, trastorno mental transitorio y actuación bajo los efectos del alcohol y las drogas la noche del crimen.. Frente a esta posición, tanto la Fiscalía como la acusación particular —que representa a la familia de la víctima— solicitaron que se confirme íntegramente la condena dictada por la Audiencia Provincial.. “La sentencia está debidamente motivada; los jurados dieron el veredicto y son soberanos”, defendió la abogada de la familia antes de la vista. A su juicio, los hechos constituyen un asesinato “cometido con alevosía y ensañamiento”, sin que concurra “ningún motivo de peso ni atenuante alguno”.. El crimen. El caso tuvo un fuerte impacto social en Lugo. Cristina Cabo, de 42 años, regentaba una tienda de productos ecológicos en el barrio de A Milagrosa. Según quedó probado en el juicio celebrado el pasado mes de mayo, la mujer murió desangrada tras recibir 49 puñaladas con un cuchillo en su propia vivienda.. Ambos se habían conocido horas antes en un pub del centro histórico y acudieron juntos al domicilio para mantener relaciones sexuales.. El jurado popular consideró acreditadas la alevosía y el ensañamiento en el ataque, elementos que sustentaron la condena por asesinato. También declaró al acusado culpable de robo, al constar que se marchó de la casa llevándose una bicicleta y un ordenador de la víctima, dejándola gravemente herida.. Confesión y debate jurídico. Durante el juicio no se discutió la autoría. El condenado reconoció los hechos ya en la fase de investigación policial, iniciada después de que su hermana —que llevaba dos meses en España— acudiera a las autoridades. El núcleo del debate jurídico se centró, entonces y ahora, en la calificación penal: si los hechos encajan en un homicidio o en un asesinato.. La defensa insiste en que deben apreciarse atenuantes que rebajarían sensiblemente la pena, mientras que la acusación recuerda que el jurado no apreció ninguna y que la violencia desplegada —por el número de heridas y las circunstancias del ataque— encaja plenamente en el tipo de asesinato.. El TSXG deberá resolver ahora el recurso y decidir si mantiene la condena de 26 años de prisión o si, por el contrario, revisa la calificación y las penas impuestas. Una decisión clave que reabrirá el debate central del caso: ¿asesinato u homicidio?

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Solicita atenunantes por confesión, consumo de alcohol y drogas y trastorno mental, mientras Fiscalía y la familia reclaman mantener los 26 años de cárcel

  

La defensa del hombre de origen colombiano condenado por matar en 2022 a la lucense Cristina Cabo ha solicitado este lunes que se revise la calificación penal de los hechos y se sustituya el delito de asesinato por el de homicidio.. La petición se formuló durante la vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), a raíz del recurso interpuesto contra la sentencia que le impuso 22 años de prisión por asesinato y cuatro más por robo.. “Pedimos que se valore la correcta calificación de los hechos enjuiciados”, expuso la letrada del condenado, quien sostuvo que, en lugar de asesinato, concurriría un homicidio y que el delito patrimonial debería rebajarse de robo a hurto leve.. Además, reclamó la aplicación de varias atenuantes: confesión, legítima defensa, trastorno mental transitorio y actuación bajo los efectos del alcohol y las drogas la noche del crimen.. Frente a esta posición, tanto la Fiscalía como la acusación particular —que representa a la familia de la víctima— solicitaron que se confirme íntegramente la condena dictada por la Audiencia Provincial.. “La sentencia está debidamente motivada; los jurados dieron el veredicto y son soberanos”, defendió la abogada de la familia antes de la vista. A su juicio, los hechos constituyen un asesinato “cometido con alevosía y ensañamiento”, sin que concurra “ningún motivo de peso ni atenuante alguno”.. El crimen. El caso tuvo un fuerte impacto social en Lugo. Cristina Cabo, de 42 años, regentaba una tienda de productos ecológicos en el barrio de A Milagrosa. Según quedó probado en el juicio celebrado el pasado mes de mayo, la mujer murió desangrada tras recibir 49 puñaladas con un cuchillo en su propia vivienda.. Ambos se habían conocido horas antes en un pub del centro histórico y acudieron juntos al domicilio para mantener relaciones sexuales.. El jurado popular consideró acreditadas la alevosía y el ensañamiento en el ataque, elementos que sustentaron la condena por asesinato. También declaró al acusado culpable de robo, al constar que se marchó de la casa llevándose una bicicleta y un ordenador de la víctima, dejándola gravemente herida.. Confesión y debate jurídico. Durante el juicio no se discutió la autoría. El condenado reconoció los hechos ya en la fase de investigación policial, iniciada después de que su hermana —que llevaba dos meses en España— acudiera a las autoridades. El núcleo del debate jurídico se centró, entonces y ahora, en la calificación penal: si los hechos encajan en un homicidio o en un asesinato.. La defensa insiste en que deben apreciarse atenuantes que rebajarían sensiblemente la pena, mientras que la acusación recuerda que el jurado no apreció ninguna y que la violencia desplegada —por el número de heridas y las circunstancias del ataque— encaja plenamente en el tipo de asesinato.. El TSXG deberá resolver ahora el recurso y decidir si mantiene la condena de 26 años de prisión o si, por el contrario, revisa la calificación y las penas impuestas. Una decisión clave que reabrirá el debate central del caso: ¿asesinato u homicidio?

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