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  Sociedad  Cuántas gallinas se pueden tener en casa para el autoconsumo para no recibir una multa: esto dice la norma
Sociedad

Cuántas gallinas se pueden tener en casa para el autoconsumo para no recibir una multa: esto dice la norma

11 de noviembre de 2025
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La gripe aviar ha obligado a sacrificar a más de dos millones de aves de granja en los últimos meses y desde este lunes es obligatorio el confinamiento de las aves de corral en 1.199 municipios ubicados en zonas de especial riesgo. Las medidas también señalan que queda prohibida las crías de aves de corral al aire libre pero cuando esto no sea posible la autoridad podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres.. Tener gallinas en casa o en un terreno propio es algo que sorprende en las grandes ciudades, pero es algo completamente habitual en la España rural y no está relacionado con la propia gripe aviar, viene de antes. En los pueblos muchas familias practican el autoconsumo y tienen animales para alimentarse ellos y su familia. Es algo legal, pero que es algo hay que realizar con extremo cuidado y se debe comunicar para evitar multas.. Además, no se puede tener un número ilimitado de gallinas porque entonces se considera negocio y no explotación de autoconsumo. En España existe una regulación clara sobre la tenencia doméstica de aves para consumo propio: el Real Decreto 637/2021 fija las bases que deben seguirse y obliga a inscribir estas pequeñas explotaciones en los registros oficiales. El Boletín Oficial del Estado (BOE) explica qué está permitido.. ¿Qué se considera una explotación de autoconsumo? Estas son las gallinas que se pueden tener en casa. Se entiende por tal aquella instalación cuyo objetivo exclusivo sea abastecer a la unidad familiar y que no venda ni comercialice los animales ni sus productos. Para encajar en esta categoría hay un límite marcado: la capacidad máxima es de 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM), lo que equivale a un máximo de alrededor de 30 gallinas ponedoras o 50 pollos de engorde (u otros valores equivalentes según la tabla de UGM). Si se supera ese umbral, la instalación deja de ser autoconsumo y entra en otra tipología con obligaciones distintas.. Cumplir la cantidad no es suficiente: se deben seguir estos pasos. El Real Decreto exige una comunicación previa para que la explotación quede inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas; a partir de ahí, y dependiendo de la comunidad autónoma, hay que completar el trámite específico para el registro obligatorio de explotaciones avícolas de autoconsumo, que suele gestionarse por vía telemática en la sede electrónica de la consejería competente. El proceso para dar de alta una pequeña explotación es sencillo: no se precisa autorización previa, solo la comunicación y la inscripción.. Aunque la cría sea doméstica, la normativa exige medidas mínimas de bioseguridad y la identificación de un veterinario de referencia al que recurrir si aparecen problemas sanitarios. Estas exigencias buscan garantizar la trazabilidad y prevenir riesgos como brotes de enfermedades aviares que puedan afectar a las aves y a las personas.. Estas son las posibles multas por incumplimiento. No inscribir las aves de autoconsumo puede considerarse una infracción administrativa. En la práctica, las sanciones pueden ir desde apercibimientos hasta multas económicas: en los casos más claros de incumplimiento intencionado o reiterado, las cuantías señaladas en la aplicación de la normativa y las leyes de sanidad animal se sitúan en un rango que suele empezar en los 600 euros y puede llegar hasta los 3.000 euros. Aunque puede llegar a dichas cantidades, en primera instancia es habitual que las administraciones emitan advertencias y orientaciones antes de sancionar.. ¿Cómo evitar las multas?. El truco para no ser sancionado empieza antes de tener los propios animales. Antes de llevar animales a casa o a un terreno propio conviene comprobar la normativa local y completar la comunicación ante el registro autonómico correspondiente. También es recomendable pactar un veterinario de referencia y adaptar las instalaciones a criterios básicos de bienestar como el espacio, ventilación y protección frente a aves silvestres, es decir, la gripe aviar. Muchos ayuntamientos y consejerías ofrecen guías y procedimientos online para facilitar el trámite.

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El número de animales viene regulado en el Real Decreto 637/2021 y no registrarlos puede provocar multas de hasta 3.000 euros

  

La gripe aviar ha obligado a sacrificar a más de dos millones de aves de granja en los últimos meses y desde este lunes es obligatorio el confinamiento de las aves de corral en 1.199 municipios ubicados en zonas de especial riesgo. Las medidas también señalan que queda prohibida las crías de aves de corral al aire libre pero cuando esto no sea posible la autoridad podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres.. Tener gallinas en casa o en un terreno propio es algo que sorprende en las grandes ciudades, pero es algo completamente habitual en la España rural y no está relacionado con la propia gripe aviar, viene de antes. En los pueblos muchas familias practican el autoconsumo y tienen animales para alimentarse ellos y su familia. Es algo legal, pero que es algo hay que realizar con extremo cuidado y se debe comunicar para evitar multas.. Además, no se puede tener un número ilimitado de gallinas porque entonces se considera negocio y no explotación de autoconsumo. En España existe una regulación clara sobre la tenencia doméstica de aves para consumo propio: el Real Decreto 637/2021 fija las bases que deben seguirse y obliga a inscribir estas pequeñas explotaciones en los registros oficiales. El Boletín Oficial del Estado (BOE) explica qué está permitido.. ¿Qué se considera una explotación de autoconsumo? Estas son las gallinas que se pueden tener en casa. Se entiende por tal aquella instalación cuyo objetivo exclusivo sea abastecer a la unidad familiar y que no venda ni comercialice los animales ni sus productos. Para encajar en esta categoría hay un límite marcado: la capacidad máxima es de 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM), lo que equivale a un máximo de alrededor de 30 gallinas ponedoras o 50 pollos de engorde (u otros valores equivalentes según la tabla de UGM). Si se supera ese umbral, la instalación deja de ser autoconsumo y entra en otra tipología con obligaciones distintas.. Cumplir la cantidad no es suficiente: se deben seguir estos pasos. El Real Decreto exige una comunicación previa para que la explotación quede inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas; a partir de ahí, y dependiendo de la comunidad autónoma, hay que completar el trámite específico para el registro obligatorio de explotaciones avícolas de autoconsumo, que suele gestionarse por vía telemática en la sede electrónica de la consejería competente. El proceso para dar de alta una pequeña explotación es sencillo: no se precisa autorización previa, solo la comunicación y la inscripción.. Aunque la cría sea doméstica, la normativa exige medidas mínimas de bioseguridad y la identificación de un veterinario de referencia al que recurrir si aparecen problemas sanitarios. Estas exigencias buscan garantizar la trazabilidad y prevenir riesgos como brotes de enfermedades aviares que puedan afectar a las aves y a las personas.. Estas son las posibles multas por incumplimiento. No inscribir las aves de autoconsumo puede considerarse una infracción administrativa. En la práctica, las sanciones pueden ir desde apercibimientos hasta multas económicas: en los casos más claros de incumplimiento intencionado o reiterado, las cuantías señaladas en la aplicación de la normativa y las leyes de sanidad animal se sitúan en un rango que suele empezar en los 600 euros y puede llegar hasta los 3.000 euros. Aunque puede llegar a dichas cantidades, en primera instancia es habitual que las administraciones emitan advertencias y orientaciones antes de sancionar.. ¿Cómo evitar las multas?. El truco para no ser sancionado empieza antes de tener los propios animales. Antes de llevar animales a casa o a un terreno propio conviene comprobar la normativa local y completar la comunicación ante el registro autonómico correspondiente. También es recomendable pactar un veterinario de referencia y adaptar las instalaciones a criterios básicos de bienestar como el espacio, ventilación y protección frente a aves silvestres, es decir, la gripe aviar. Muchos ayuntamientos y consejerías ofrecen guías y procedimientos online para facilitar el trámite.

 

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