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  Economía  Los expertos auguran dificultades para multar a las empresas por abusar de los algoritmos para controlar a los trabajadores
Economía

Los expertos auguran dificultades para multar a las empresas por abusar de los algoritmos para controlar a los trabajadores

8 de noviembre de 2025
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El mal uso de los algoritmos en el entorno laboral o el rechazo de las empresas a informar sobre el contenido de sus herramientas de inteligencia artificial es vox populi en los entornos de gestión empresarial. Hasta ahora, la Inspección de Trabajo no había puesto el foco en este asunto, pero la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció esta semana una campaña de inspecciones para extremar la vigilancia del uso que hacen las grandes tecnológicas, como Amazon, de estos algoritmos para controlar a los empleados y organizar sus ritmos de trabajo. Sin embargo, distintos expertos consultados apuntan algunas complicaciones para imponer sanciones por estas prácticas.. Seguir leyendo

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La Inspección cuenta con las vías legales para sancionar pero carece de especialistas para analizar las herramientas de IA

  

El mal uso de los algoritmos en el entorno laboral o el rechazo de las empresas a informar sobre el contenido de sus herramientas de inteligencia artificial es vox populi en los entornos de gestión empresarial. Hasta ahora, la Inspección de Trabajo no había puesto el foco en este asunto, pero la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció esta semana una campaña de inspecciones para extremar la vigilancia del uso que hacen las grandes tecnológicas, como Amazon, de estos algoritmos para controlar a los empleados y organizar sus ritmos de trabajo. Sin embargo, distintos expertos consultados apuntan algunas complicaciones para imponer sanciones por estas prácticas.. La Generalitat de Cataluña multó el pasado mes de junio a Amazon por negarse a desvelar el funcionamiento de los algoritmos usados para medir la productividad de los trabajadores en su centro logístico del Prat de Llobregat (Barcelona). Aunque la multa fue poco menos que simbólica, de poco más de 2.400 euros, tuvo trascendencia por ser pionera a la hora de sancionar la negativa de una empresa a dar cuenta del detalle de su aplicación algorítmica.. Hasta la fecha, no existen muchas decisiones de este tipo. Pero el pasado julio la Audiencia Nacional también condenó a la empresa de call center Foundever Spain por negarse a dar, a los delegados del sindicato CGT en la empresa, información sobre el uso de una serie de algoritmos que aseguró que no utilizaba, pero que en el juicio quedó probado que sí los empleaba. En este caso, la Audiencia constató que la empresa vulneró el artículo 64.4.d del Estatuto de los Trabajadores, que le exige facilitar información sobre el diseño y funcionamiento de los algoritmos.. La intención de Trabajo es aumentar la vigilancia y, en su caso, las sanciones en materia de inteligencia artificial en el ámbito laboral. Pero los inspectores de este organismo difieren en sus posibilidades de ejercitar este nuevo control. La presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca, defiende que la legislación ya permite al organismo sancionar. Y asegura que más allá de la vulneración del citado artículo 64.4.d del estatuto, la Inspección puede multar a las empresas por mal uso de los algoritmos a través de otro tipo de incumplimientos de la normativa laboral.. De hecho, explica que ya ha iniciado varias actuaciones en este sentido. Entre ellas, un caso en el que una gran multinacional externalizó una parte de su sistema de reparto a una subcontrata (algo que permite la ley) pero las investigaciones de la Inspección constataron que eran los algoritmos de la multinacional los que marcaban los turnos, las vacaciones y otras cuestiones de organización del trabajo de la empresa subcontratada. “En ese caso la sanción es por cesión ilegal de los trabajadores, pero a esa vulneración se ha llegado a través de los algoritmos”, indica Ercoreca.. De igual manera, añade, se han dado casos en los que se denuncia un proceso de selección y los inspectores detectan que no hay ninguna mujer en edad fértil y descubren que es debido al sesgo de la herramienta de IA. En ese caso, la sanción a la empresa dueña de esta herramienta sería la fijada por discriminación, un derecho que está regulado de forma generalizada en el artículo 4.2.c del Estatuto de los Trabajadores, y de forma concreta en las relaciones laborales en el artículo 17 de esta misma norma.. De la misma manera, han sido sancionables también prácticas por discriminación en las retribuciones, situaciones en las que el algoritmo de una plataforma envía una menor carga de trabajo a los empleados con jornada parcial. “En lugar de que el reparto de tareas sea proporcional a las horas contratadas, el algoritmo les manda menos para que ninguno llegue a cobrar el complemento de productividad”, critica Ercoreca.. Otros inspectores discrepan de que esos incumplimientos se estén atajando. El responsable del sindicato CSIF en la Inspección de Trabajo, Miguel Ángel Montero, considera que los inspectores “se encuentran un agujero casi negro, porque las plataformas generan un subempleo de miseria y dificultan enormemente la actividad inspectora”. Según Montero, “la velocidad a la que crece el mal uso de los algoritmos en el ámbito laboral es exponencial: de momento las que más los utilizan son las grandes empresas pero dentro muy poco llegará a los pequeños restaurantes y a los talleres y la Inspección en esto va por detrás”.. Este responsable sindical se queja también de la falta de cualificación específica para interpretar las herramientas de la IA y detectar cómo se están utilizando mal. Aunque reconoce que el Ministerio de Trabajo es consciente de esta laguna y está incorporando la formación específica en este tipo de algoritmos en el itinerario formativo oficial de la escuela del organismo.. La falta de profesionales cualificados es el principal obstáculo que también encuentra el catedrático de Derecho del Trabajo y experto en legislación sobre plataformas Adrián Todolí en la lucha contra el abuso de la IA por parte de las empresas. Este académico coincide con las dos posturas de los inspectores consultados. Asegura que la legislación española ya permite a la Inspección sancionar a las compañías infractoras con el Estatuto de los Trabajadores, pero también a través de la ley de protección de datos, que detalla más las exigencias en materia de uso de algoritmos en las empresas. En esos casos, es la Agencia de Protección de Datos la encargada de establecer una sanción, pero la Inspección de Trabajo, nuevamente de manera tangencial, puede acusar a la empresa de vulnerar el principio de no discriminación, por ejemplo.. “De llevarse a cabo esta campaña de la Inspección, lo que va a estar más difícil es hacer las investigaciones. El principal reto [del organismo] será tener especialistas en cómo funcionan los algoritmos y en cómo detectar los riesgos de la IA”, apunta Todolí.. Auditorías. En paralelo a las actuaciones de la Inspección, el responsable de Inteligencia Artificial de UGT, José Varela, denuncia que “las empresas bloquean sistemáticamente facilitar información en la negociación de los convenios colectivos sobre los algoritmos que usan, porque saben que no pasarían ninguna auditoría”. Esta denuncia entronca con la legislación europea materializada en el reglamento de inteligencia artificial (IA Act), que en la parte que ya está en vigor exige auditorias de las aplicaciones algorítmicas en el entorno laboral de forma previa y posterior a su implantación. Asimismo, esta norma ya prohíbe expresamente la utilización, por ejemplo, de sistemas de reconocimiento de emociones a través de herramientas biométricas.. No obstante, el jurista que fue ponente adjunto de este reglamento europeo de IA, Iban García del Blanco (ahora director internacional de Lasker), no termina de ver claro cómo podrá combatirse desde las inspecciones el uso generalizado de estas herramientas. “Va a ser muy complicado cómo plantear las inspecciones y para qué; será como controlar la implantación de robots, de máquinas robóticas. Además puede ser hasta contraproducente”, precisa. Es más, llama la atención sobre el hecho de que la parte de este reglamento en la que se fijará el esquema sancionador para las empresas infractoras, así como el reparto de competencias (quién las fijará), no entrará en vigor hasta el 2 de agosto de 2026.

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