El delegado territorial de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía en Almería, Juan de la Cruz Belmonte, ha mostrado este miércoles su confianza «en los profesionales del Hospital de La Inmaculada y de todos los hospitales» públicos andaluces ante la denuncia anunciada por la familia de un hombre de 86 años y natural de Garrucha (Almería) que falleció el pasado mes de julio por cáncer de mama al considerar que se produjeron ciertas negligencias.. «Respetamos cualquier tipo de decisión por parte de las familias», ha indicado Belmonte a preguntas de los medios, ante los que ha incidido que esta cuestión, una vez que se interponga la anunciada denuncia, quedará «en manos de la justicia» y de los servicios jurídicos de la Junta.. No obstante, ha trasladado su apoyo a los profesionales sanitarios a la hora de actuar ante este tipo de casos. «Creo que la profesionalidad está entre todos y los protocolos están ahí para seguirlos», ha añadido el delegado de Salud almeriense.. «Si el juez considera que hay algún tipo de negligencia, bueno, pues entonces se determinarán las consecuencias correspondientes a nivel de indemnizaciones o lo que determine la justicia», ha añadido Belmonte sin entrar en las actuaciones concretas que se siguieron en este caso.. El abogado penalista José Antonio Sires, del bufete ‘Sires Abogados’, anunció la intención de presentar denuncia penal este miércoles en los juzgados de Instrucción de El Prado de Sevilla contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS), por presuntos delitos que derivaron en la muerte del paciente, quien «no fue tratado con la diligencia debida por la sanidad pública andaluza, que llegó a perder pruebas clave para el seguimiento de la enfermedad».. Como informa el bufete en un comunicado, el paciente era natural de Garrucha (Almería) y fue diagnosticado en 2005 de un carcinoma de mama izquierdo, tratado quirúrgicamente en Madrid, donde residía, mediante mastectomía y vaciamiento axilar. El tumor fue de tipo hormonodependiente, como es habitual en los casos de cáncer de mama masculino.. En contexto, tras su jubilación en 2011 el paciente se trasladó definitivamente a Garrucha, y quedó adscrito al Servicio Andaluz de Salud, donde fue atendido por su médico de cabecera por patologías menores, sin seguimiento oncológico ni realización de pruebas de control pese a sus antecedentes.. Tras ello, en octubre de 2024 fue ingresado en el Hospital Comarcal de Huércal-Overa por un cuadro de malestar general y cistitis persistente, detectándose un derrame pleural masivo derecho, mientras que la asistencia médica prestada incurrió en graves omisiones, ya que no se realizó diagnóstico diferencial adecuado pese a antecedentes oncológicos claros, o no se solicitó valoración por Oncología ni comité multidisciplinar, incumpliendo los protocolos asistenciales.. Además, el bufete asegura que se descartó erróneamente una reaparición del cáncer de mama, atribuyendo el cuadro a un presunto cáncer de pulmón no confirmado, se privó al paciente de la posibilidad de recibir tratamiento hormonal paliativo, que podría haber ralentizado la progresión metastásica y prolongado su supervivencia, e incluso se extravió la muestra de líquido pleural que le fue extraído, lo que impidió confirmar el diagnóstico metastásico.. Finalmente, el paciente murió el 25 de julio de 2025, y su familia ha decidido iniciar un proceso legal contra la Junta de Andalucía, a la que considera responsable de un mal seguimiento de su enfermedad, ya que, «aunque por edad no estaba incluido en el programa de cribado de cáncer de mama, el Servicio Andaluz de Salud tenía la obligación de atenderle de por vida debido a los antecedentes que arrastraba desde 2005».. Para José Antonio Sires, en estos hechos tiene encaje legal un posible delito de homicidio imprudente por omisión del artículo 142 del Código Penal, dado que la muerte deriva de la omisión de un deber y existe causalidad entre la omisión y el fallecimiento.. Además, se dan un delito de omisión del deber de prestar servicios sanitarios del artículo 196 del Código Penal, dado que quien tenía obligación legal de prestar servicios sanitarios no lo hizo, aunque tenía conocimiento de un riesgo grave para la vida o integridad física de las personas y un delito de dejación de funciones del servicio público del artículo 409, por la omisión del deber autoridad de supervisar y organizar la atención sanitaria.
«Si el juez considera que hay algún tipo de negligencia, entonces se determinarán las consecuencias correspondientes», señala el Delegado de Salud en Almería
El delegado territorial de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía en Almería, Juan de la Cruz Belmonte, ha mostrado este miércoles su confianza «en los profesionales del Hospital de La Inmaculada y de todos los hospitales» públicos andaluces ante la denuncia anunciada por la familia de un hombre de 86 años y natural de Garrucha (Almería) que falleció el pasado mes de julio por cáncer de mama al considerar que se produjeron ciertas negligencias.. «Respetamos cualquier tipo de decisión por parte de las familias», ha indicado Belmonte a preguntas de los medios, ante los que ha incidido que esta cuestión, una vez que se interponga la anunciada denuncia, quedará «en manos de la justicia» y de los servicios jurídicos de la Junta.. No obstante, ha trasladado su apoyo a los profesionales sanitarios a la hora de actuar ante este tipo de casos. «Creo que la profesionalidad está entre todos y los protocolos están ahí para seguirlos», ha añadido el delegado de Salud almeriense.. «Si el juez considera que hay algún tipo de negligencia, bueno, pues entonces se determinarán las consecuencias correspondientes a nivel de indemnizaciones o lo que determine la justicia», ha añadido Belmonte sin entrar en las actuaciones concretas que se siguieron en este caso.. El abogado penalista José Antonio Sires, del bufete ‘Sires Abogados’, anunció la intención de presentar denuncia penal este miércoles en los juzgados de Instrucción de El Prado de Sevilla contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS), por presuntos delitos que derivaron en la muerte del paciente, quien «no fue tratado con la diligencia debida por la sanidad pública andaluza, que llegó a perder pruebas clave para el seguimiento de la enfermedad».. Como informa el bufete en un comunicado, el paciente era natural de Garrucha (Almería) y fue diagnosticado en 2005 de un carcinoma de mama izquierdo, tratado quirúrgicamente en Madrid, donde residía, mediante mastectomía y vaciamiento axilar. El tumor fue de tipo hormonodependiente, como es habitual en los casos de cáncer de mama masculino.. En contexto, tras su jubilación en 2011 el paciente se trasladó definitivamente a Garrucha, y quedó adscrito al Servicio Andaluz de Salud, donde fue atendido por su médico de cabecera por patologías menores, sin seguimiento oncológico ni realización de pruebas de control pese a sus antecedentes.. Tras ello, en octubre de 2024 fue ingresado en el Hospital Comarcal de Huércal-Overa por un cuadro de malestar general y cistitis persistente, detectándose un derrame pleural masivo derecho, mientras que la asistencia médica prestada incurrió en graves omisiones, ya que no se realizó diagnóstico diferencial adecuado pese a antecedentes oncológicos claros, o no se solicitó valoración por Oncología ni comité multidisciplinar, incumpliendo los protocolos asistenciales.. Además, el bufete asegura que se descartó erróneamente una reaparición del cáncer de mama, atribuyendo el cuadro a un presunto cáncer de pulmón no confirmado, se privó al paciente de la posibilidad de recibir tratamiento hormonal paliativo, que podría haber ralentizado la progresión metastásica y prolongado su supervivencia, e incluso se extravió la muestra de líquido pleural que le fue extraído, lo que impidió confirmar el diagnóstico metastásico.. Finalmente, el paciente murió el 25 de julio de 2025, y su familia ha decidido iniciar un proceso legal contra la Junta de Andalucía, a la que considera responsable de un mal seguimiento de su enfermedad, ya que, «aunque por edad no estaba incluido en el programa de cribado de cáncer de mama, el Servicio Andaluz de Salud tenía la obligación de atenderle de por vida debido a los antecedentes que arrastraba desde 2005».. Para José Antonio Sires, en estos hechos tiene encaje legal un posible delito de homicidio imprudente por omisión del artículo 142 del Código Penal, dado que la muerte deriva de la omisión de un deber y existe causalidad entre la omisión y el fallecimiento.. Además, se dan un delito de omisión del deber de prestar servicios sanitarios del artículo 196 del Código Penal, dado que quien tenía obligación legal de prestar servicios sanitarios no lo hizo, aunque tenía conocimiento de un riesgo grave para la vida o integridad física de las personas y un delito de dejación de funciones del servicio público del artículo 409, por la omisión del deber autoridad de supervisar y organizar la atención sanitaria.
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