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  España  Comunidad de Valencia  El TSJ tumba un recurso de Compromís contra la Ley de Libertad Educativa de la Generalitat valenciana
Comunidad de ValenciaEspaña

El TSJ tumba un recurso de Compromís contra la Ley de Libertad Educativa de la Generalitat valenciana

8 de junio de 2026
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha avalado la orden de la Conselleria de Educación que regula el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la legua base a partir del curso 2026/2027, de conformidad a lo que estable la Ley de Libertad Educativa de la Generalitat. Este texto legal ha irrumpido de lleno en las negociaciones que mantienen los sindicatos con la Conselleria de Educación, pues todavía es un punto presente en las reuniones abiertas para acabar con la huelga indefinida que este lunes ha cumplido cinco semanas.. En febrero de 2025, Compromís presentó un recurso ante el TSJCV pidiendo la suspensión de la consulta sobre la lengua base en los centros educativos que, a su juicio, solo aspiraba a «crear crispación». El recurso, firmado por representantes de la coalición con hijas e hijos en edad escolar, diputados y diputadas de Les Corts, del Congreso, de las diputaciones y concejalas y concejales de Castellón de la Plana, València y Elche, apuntaba que se obligaba a las familias a participar de forma telemática y no presencial y que la Orden no contaba con memoria económica, lo que «es motivo de nulidad».. Ahora, el fallo del TSJCV acepta «el razonamiento de la Generalitat, la orden básicamente regula un procedimiento y posible gasto derivaría -salvo prueba en contrario que no aporta la parte demandante- de la aplicación de la Ley Valenciana 1/2024». Igualmente, señala que asume «el criterio de la Generalidad Valenciana en razón a que se trata de una consulta que ya se ha celebrado y de haber discordancias en las votaciones entre la lengua base elegida por los padres y el resultado que se publica, hubiera habido numerosas reclamaciones que no constan a esta Sala».. Del mismo modo, el TSJCV rechaza el argumento de que la Orden fuera tramitada sin memoria económica, al concluir que se trata de una norma de carácter procedimental que no generaba gasto propio y, por tanto, no requería dicho trámite.. Relata que los demandantes hacen referencia a la minorización del valenciano, según el fallo, con «argumentos retóricos carentes de fundamentos», y aseguran que vulnera el Estatuto de Autonomía porque no asegura que el alumnado cuando acabe su formación esté capacitado para utilizar oralmente y por escrito el valenciano en igualdad de condiciones del castellano, pero a juicio de la Sala, los argumentos «son carentes de soporte probatorio que los acredite».. La resolución también confirma la legalidad de la aplicación diferenciada de los resultados de la consulta en las zonas valencianohablantes y castellanohablantes, así como la validez de la consulta telemática realizada por la Generalitat, al considerar que se desarrolló con todas las garantías jurídicas y técnicas necesarias.. «Estimamos que no se ha acreditado que el valenciano no sea lengua vehicular, tanto en los territorios de predominio histórico castellano como valenciano parlantes», ni se vulnerado la doctrina del Tribunal Constitucional, afirma la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo y que impone las costas a los demandantes por importe de 1.800 euros.. El portavoz del Consell, Miguel Barrachina, ha valorado muy positivamente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que avala íntegramente la consulta de la lengua base y confirma la plena legalidad de la Ley de Libertad Educativa, al tiempo que garantiza tanto la libertad de elección de las familias como la protección y promoción del valenciano.. Barrachina ha señalado que la resolución judicial “supone un respaldo contundente al modelo educativo impulsado por el Consell y a la consulta en la que participaron 339.411 familias de la Comunitat Valenciana para decidir libremente la lengua base de la educación de sus hijos a partir del curso 2025-2026”.. “El TSJCV vuelve a confirmar que la libertad educativa, la participación de las familias y la protección del valenciano son perfectamente compatibles. Esta sentencia desmonta los intentos de generar alarma que están promoviendo algunas fuerzas políticas de la oposición con el único objetivo dañar mediante la confrontación la gestión del Consell que está cumpliendo una Ley aprobada por Les Corts y avalada por los tribunales”.. En este sentido, el portavoz del Consell ha recordado que “siempre hemos actuado con pleno respeto a la legalidad y a los derechos de todos los ciudadanos”.. Barrachina ha resaltado que “la sentencia descarta que el este modelo educativo suponga una reducción de la presencia del valenciano en las aulas.. “El objetivo de este Consell es que el valenciano esté garantizado y protegido. Quienes intentaron presentar esta ley como una amenaza para nuestra lengua reciben hoy una respuesta clara por parte de la Justicia. El Consell seguirá trabajando para garantizar una educación de calidad, respetuosa con nuestra realidad lingüística y basada en la libertad de elección de las familias”, ha señalado.. Finalmente, el portavoz ha recordado que esta no es la primera resolución favorable a la Generalitat sobre esta cuestión, ya que el propio TSJCV había dictado anteriormente varias sentencias sobre la misma Orden con idéntico resultado desestimatorio, dos de las cuales ya son firmes, consolidando así la seguridad jurídica del modelo educativo impulsado por el Consell.

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La Justicia avala la consulta realizada a las familias para elegir la lengua vehicular

  

El portavoz del Consell, Miguel Barrachina, ha valorado muy positivamente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que avala íntegramente la consulta de la lengua base y confirma la plena legalidad de la Ley de Libertad Educativa, al tiempo que garantiza tanto la libertad de elección de las familias como la protección y promoción del valenciano.. Barrachina ha señalado que la resolución judicial “supone un respaldo contundente al modelo educativo impulsado por el Consell y a la consulta en la que participaron 339.411 familias de la Comunitat Valenciana para decidir libremente la lengua base de la educación de sus hijos a partir del curso 2025-2026”.. La sentencia desestima íntegramente el recurso presentado por miembros de Compromís contra la Orden 2/2025 que reguló la consulta, rechaza todos los argumentos planteados por los demandantes y considera ajustado a derecho todo el procedimiento desarrollado por la Generalitat. Además, el tribunal impone las costas procesales a los recurrentes, con un máximo de 1.800 euros.. “El TSJCV vuelve a confirmar que la libertad educativa, la participación de las familias y la protección del valenciano son perfectamente compatibles. Esta sentencia desmonta los intentos de generar alarma que están promoviendo algunas fuerzas políticas de la oposición con el único objetivo dañar mediante la confrontación la gestión del Consell que está cumpliendo una Ley aprobada por Les Corts y avalada por los tribunales”.. En este sentido, el portavoz del Consell ha recordado que “siempre hemos actuado con pleno respeto a la legalidad y a los derechos de todos los ciudadanos”.. Miguel Barrachina ha destacado que la Sala asume como plenamente legítimo el modelo previsto en la Ley de Libertad Educativa y avala la pluralidad lingüística frente al sistema de proyectos lingüísticos predeterminados por cada centro.. Asimismo, el tribunal rechaza de forma expresa que exista discriminación o segregación lingüística, al considerar que el modelo es compatible con los principios de inclusión y con la autonomía de los centros educativos.. La resolución también confirma la legalidad de la aplicación diferenciada de los resultados de la consulta en las zonas valencianohablantes y castellanohablantes, así como la validez de la consulta telemática realizada por la Generalitat, al considerar que se desarrolló con todas las garantías jurídicas y técnicas necesarias.. Del mismo modo, el TSJCV rechaza el argumento de que la Orden fuera tramitada sin memoria económica, al concluir que se trata de una norma de carácter procedimental que no generaba gasto propio y, por tanto, no requería dicho trámite.. Barrachina ha resaltado que “la sentencia descarta que el este modelo educativo suponga una reducción de la presencia del valenciano en las aulas. En este sentido, la Sala concluye que no se ha acreditado que el valenciano deje de ser lengua vehicular ni en los territorios de predominio histórico valencianohablante ni en los castellanohablantes”.. “El objetivo de este Consell es que el valenciano esté garantizado y protegido. Quienes intentaron presentar esta ley como una amenaza para nuestra lengua reciben hoy una respuesta clara por parte de la Justicia. El Consell seguirá trabajando para garantizar una educación de calidad, respetuosa con nuestra realidad lingüística y basada en la libertad de elección de las familias”, ha señalado.. Finalmente, el portavoz ha recordado que esta no es la primera resolución favorable a la Generalitat sobre esta cuestión, ya que el propio TSJCV había dictado anteriormente varias sentencias sobre la misma Orden con idéntico resultado desestimatorio, dos de las cuales ya son firmes, consolidando así la seguridad jurídica del modelo educativo impulsado por el Consell.

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