Uno de los escándalos que mayor impacto han tenido en la política española es el de los ERE en Andalucía. Que hubo un mal uso de los recursos del Estado no lo cuestiona nadie y así quedó acreditado judicialmente. Ahora bien, la jueza del caso, Mercedes Alaya, tiró por elevación y señaló a quien había sido consejero de Hacienda y luego presidente de la Junta, José Antonio Griñán. La Audiencia Provincial condenó a Griñán y a otros altos cargos por prevaricación y malversación. La sentencia fue luego confirmada por el Tribunal Supremo. Sin embargo, en 2024 el Tribunal Constitucional consideró que se había realizado una interpretación abusiva, pues se le atribuían responsabilidades administrativas a un cargo político a cuenta de la aprobación parlamentaria de ciertas partidas de gasto en la ley de presupuestos. Sin embargo, las decisiones refrendadas parlamentariamente no pueden estar sujetas a control penal, son actos soberanos del legislativo. Tanto la Audiencia Provincial como el propio Tribunal Supremo interpretaron la ley según unos esquemas legalistas rígidos que entraban en colisión con la división de poderes y con las reglas básicas de una democracia representativa. Tomaron un atajo de apariencia legal para castigar al PSOE andaluz.. Seguir leyendo
Uno de los escándalos que mayor impacto han tenido en la política española es el de los ERE en Andalucía. Que hubo un mal uso de los recursos del Estado no lo cuestiona nadie y así quedó acreditado judicialmente. Ahora bien, la jueza del caso, Mercedes Alaya, tiró por elevación y señaló a quien había sido consejero de Hacienda y luego presidente de la Junta, José Antonio Griñán. La Audiencia Provincial condenó a Griñán y a otros altos cargos por prevaricación y malversación. La sentencia fue luego confirmada por el Tribunal Supremo. Sin embargo, en 2024 el Tribunal Constitucional consideró que se había realizado una interpretación abusiva, pues se le atribuían responsabilidades administrativas a un cargo político a cuenta de la aprobación parlamentaria de ciertas partidas de gasto en la ley de presupuestos. Sin embargo, las decisiones refrendadas parlamentariamente no pueden estar sujetas a control penal, son actos soberanos del legislativo. Tanto la Audiencia Provincial como el propio Tribunal Supremo interpretaron la ley según unos esquemas legalistas rígidos que entraban en colisión con la división de poderes y con las reglas básicas de una democracia representativa. Tomaron un atajo de apariencia legal para castigar al PSOE andaluz. Seguir leyendo
crítica literaria. Crítica. Género de opinión que describe, elogia o censura, en todo o en parte, una obra cultural o de entretenimiento. Siempre debe escribirla un experto en la materia. De los ERE a las querellas contra Ada Colau, José Antonio Martín Pallín analiza la deformación de los principios del derecho para juzgar a políticos de izquierdas y nacionalistas. Vista de la Sala Penal del Tribunal Supremo donde tuvo lugar el juicio del Procés, que comenzó el 12 de febrero de 2019. ÁNGEL DÍAZ (EFE). Ignacio Sánchez Cuenca. Uno de los escándalos que mayor impacto han tenido en la política española es el de los ERE en Andalucía. Que hubo un mal uso de los recursos del Estado no lo cuestiona nadie y así quedó acreditado judicialmente. Ahora bien, la jueza del caso, Mercedes Alaya, tiró por elevación y señaló a quien había sido consejero de Hacienda y luego presidente de la Junta, José Antonio Griñán. La Audiencia Provincial condenó a Griñán y a otros altos cargos por prevaricación y malversación. La sentencia fue luego confirmada por el Tribunal Supremo. Sin embargo, en 2024 el Tribunal Constitucional consideró que se había realizado una interpretación abusiva, pues se le atribuían responsabilidades administrativas a un cargo político a cuenta de la aprobación parlamentaria de ciertas partidas de gasto en la ley de presupuestos. Sin embargo, las decisiones refrendadas parlamentariamente no pueden estar sujetas a control penal, son actos soberanos del legislativo. Tanto la Audiencia Provincial como el propio Tribunal Supremo interpretaron la ley según unos esquemas legalistas rígidos que entraban en colisión con la división de poderes y con las reglas básicas de una democracia representativa. Tomaron un atajo de apariencia legal para castigar al PSOE andaluz.. Si no hubiera habido una mayoría progresista en el Tribunal Constitucional, el Supremo se habría salido con la suya. El Constitucional, sin embargo, impuso la razón democrática: no hay responsabilidad penal en los actos parlamentarios. Algo similar sucedió con el caso Atutxa. Juan María Atutxa era el presidente del parlamento vasco. Tras la ilegalización de Batasuna, se resistió a disolver el grupo parlamentario, alegando que los jueces no podían imponer a un órgano legislativo una decisión como aquella. El Tribunal Supremo condenó a Atutxa por desobediencia, pero en 2017 el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falló contra España.. José Antonio Martín Pallín (con más de 3.000 juicios de experiencia a sus espaldas, fiscal y magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo entre 1989 y 2011) considera que el caso Atutxa es el origen de una práctica jurídica que ha ido ampliándose a medida que el país se polarizaba políticamente. El criterio usado siempre es el mismo: se busca una interpretación expansiva de la ley que pasa por encima de la división de poderes y que permite a los tribunales procesar y condenar a políticos, casi siempre de izquierdas o nacionalistas. La sentencia del procés es para el autor el caso más extremo (y al que dedicó un libro anterior, El gobierno de las togas, 2020): los jueces confundieron interesadamente la evidente inconstitucionalidad de las decisiones que tomaron las autoridades catalanas en 2017 con delitos penales. En el libro aparecen otras condenas del Supremo cortadas por el mismo patrón: la resistencia al nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de sala, la anulación del nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado, la condena del diputado de Podemos Alberto Rodríguez y la reciente condena del anterior fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.. La deformación de los principios del derecho se vuelve más chusca cuando el autor repasa las actuaciones de órganos judiciales inferiores contra familiares varios del presidente del Gobierno, contra Ada Colau (que ha sobrevivido a 16 querellas) y contra Podemos (caso Neurona). El resultado es desolador y Martín Pallín no se muerde la lengua a la hora de calificarlo: “Una ofensiva judicial impregnada de ideología reaccionaria”. Esta ofensiva de los jueces se apoya en la acusación popular que ejercen organizaciones ultraderechistas y en la excitación extraordinaria que producen este tipo de causas políticas en la prensa de derechas.. El mérito principal de Visto para sentencia es la habilidad del autor para mostrar, de forma clara y a mi juicio convincente, que más allá de la refriega política, el origen del problema se sitúa en una cierta incapacidad de los jueces conservadores españoles para entender cabalmente lo que significa el control judicial de los actos políticos en un régimen democrático.. Visto para sentencia. José Antonio Martín Pallín. Siglo XXI, 2026. 253 páginas, 21,74 euros. Búsquelo en su librería. Normas ›. Mis comentariosNormas. Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos. Please enable JavaScript to view the comments powered by Disqus.. Más información. Archivado En. Cultura. Crítica literaria. Literatura. Libros. Ensayo. Lectura. Caso de los ERE. Caso Atutxa. Jueces. Si está interesado en licenciar este contenido, pinche aquí
