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  Sociedad  La DGT introduce un importante cambio: así puedes evitar ser multado en Semana Santa
Sociedad

La DGT introduce un importante cambio: así puedes evitar ser multado en Semana Santa

23 de marzo de 2026
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La Semana Santa está a la vuelta de la esquina y muchos españoles preparan su maleta. Llega el primer gran período festivo del año tras la Navidad y se esperan desplazamientos masivos. Tradicionalmente se mueven muchos ciudadanos en esta fecha marcada en rojo en el calendario y en este 2026 parece que no será una excepción. Como en todas las vacaciones, el lugar de destino es completamente subjetivo y cada uno tiene sus preferencias, pero España ofrece todo tipo de turismo alrededor de su geografía.. Al ser un momento de alta demanda los precios suben en hoteles y apartamentos, las opciones preferidas de los ciudadanos al escoger su alojamiento a la hora de viajar. Sin embargo, también hay otras opciones alternativas como los camping o las autocaravanas. Esto último está de moda en nuestro país y la cantidad de este tipo de vehículos se ha multiplicado por tres en los últimos diez años. Es una gran opción, pero los que la utilicen debe tener cuidado porque la Dirección General de Tráfico, como refleja el Ministerio del Interior, ha actualizado la normativa de las autocaravanas mediante la Instrucción PROT 2026/04.. ¿Qué cambia para las autocaravanas?. Esta Instrucción es una actualización de la publicada en 2023 sobre este mismo tema. Ambas instituciones explican que llega por el siguiente motivo: «Era necesario, por un lado, introducir novedades normativas que se han producido en estos dos años y medio y, por otro, adaptar su contenido a los criterios definidos por el Ministerio de Industria y Turismo en materia de inspección técnica de vehículos». Este mercado se ha disparado desde la pandemia y ha provocado un cambio en la regulación que deben conocer los conductores.. El principal cambio es en los plazos de inspecciones técnicas, que varían dependiendo de si se trata de autocaravanas (vehículos de categoría M) o de furgones vivienda, o más coloquialmente, «camperizados» o ‘cámper», (vehículos de categoría N) conforme se regula en el Real Decreto 920/2017, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos. Ahora los plazos cambian y son los siguientes en ambos casos:. Frecuencia de inspección técnica en las autocaravanas. Antigüedad de hasta 4 años: exento.. Antigüedad de más de 4 años: bienal.. Antigüedad de más de 10 años: anual.. Frecuencia de inspección técnica en los furgones vivienda:. Antigüedad de hasta 10 años: anual.. Antigüedad de más de 10 años: semestral.. Cambia su uso en vías urbanas. La otra gran novedad es respecto su uso en la ciudad. Esta nueva normativa iguala las autocaravanas al resto de vehículos. La DGT es muy directa: «Las autocaravanas pueden efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo, aunque también han de respetar la normativa y señalización que en vías urbanas de titularidad municipal pudieran haber dispuesto los Ayuntamientos». Este último apartado es clave porque puede provocar multas en caso de incumplimiento.. Cada municipio es soberano como explica el Tribunal Supremo en su Sentencia de 13/03/2018. Esta decisión estima que la Ordenanza de Circulación de un municipio tiene capacidad para limitar los tiempos de estacionamiento, así como para prohibir acampar, con excepción de las zonas autorizadas por la Autoridad Municipal, de caravanas, autocaravanas o similares en las vías urbanas o en los espacios adyacentes a estas, del término municipal.. Reconocidas como alojamiento turístico y creación de una nueva señal. Esta actualización también incluye la regulación de las áreas de acogida de autocaravanas como modalidad de alojamiento turístico, entre las que se incluyen las nuevas incorporaciones normativas de la Comunidad Foral de Navarra, Extremadura o la Comunidad de Madrid, entre otras. La DGT informa de las condiciones que se deben cumplir para ser reconocidas como tal: «Deben proporcionar una serie de servicios necesarios para estos vehículos y estar adecuadamente señalizadas para que los usuarios puedan identificarlas con facilidad».. Esto no es fácil de saber, pero para poder distinguirlo también se ha creado la nueva señal S-128 “Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas”, que aparece en el Catálogo de Señales verticales de circulación tras su última actualización publicada en 2025. Esta nueva señal indica la situación de un punto de vaciado de aguas residuales para este tipo de vehículos. Un paso más para unos vehículos que han pasado de ser poco más de 48.000 en 2025 a casi 137.000 en la actualidad.

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Los españoles se desplazarán en masa ante la llegada de los días festivos y Tráfico ha actualizado la Instrucción PROT 2026/04

  

La Semana Santa está a la vuelta de la esquina y muchos españoles preparan su maleta. Llega el primer gran período festivo del año tras la Navidad y se esperan desplazamientos masivos. Tradicionalmente se mueven muchos ciudadanos en esta fecha marcada en rojo en el calendario y en este 2026 parece que no será una excepción. Como en todas las vacaciones, el lugar de destino es completamente subjetivo y cada uno tiene sus preferencias, pero España ofrece todo tipo de turismo alrededor de su geografía.. Al ser un momento de alta demanda los precios suben en hoteles y apartamentos, las opciones preferidas de los ciudadanos al escoger su alojamiento a la hora de viajar. Sin embargo, también hay otras opciones alternativas como los camping o las autocaravanas. Esto último está de moda en nuestro país y la cantidad de este tipo de vehículos se ha multiplicado por tres en los últimos diez años. Es una gran opción, pero los que la utilicen debe tener cuidado porque la Dirección General de Tráfico, como refleja el Ministerio del Interior, ha actualizado la normativa de las autocaravanas mediante la Instrucción PROT 2026/04.. ¿Qué cambia para las autocaravanas?. Esta Instrucción es una actualización de la publicada en 2023 sobre este mismo tema. Ambas instituciones explican que llega por el siguiente motivo: «Era necesario, por un lado, introducir novedades normativas que se han producido en estos dos años y medio y, por otro, adaptar su contenido a los criterios definidos por el Ministerio de Industria y Turismo en materia de inspección técnica de vehículos». Este mercado se ha disparado desde la pandemia y ha provocado un cambio en la regulación que deben conocer los conductores.. El principal cambio es en los plazos de inspecciones técnicas, que varían dependiendo de si se trata de autocaravanas (vehículos de categoría M) o de furgones vivienda, o más coloquialmente, «camperizados» o ‘cámper», (vehículos de categoría N) conforme se regula en el Real Decreto 920/2017, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos. Ahora los plazos cambian y son los siguientes en ambos casos:. Frecuencia de inspección técnica en las autocaravanas. Antigüedad de hasta 4 años: exento.. Antigüedad de más de 4 años: bienal.. Antigüedad de más de 10 años: anual.. Frecuencia de inspección técnica en los furgones vivienda:. Antigüedad de hasta 10 años: anual.. Antigüedad de más de 10 años: semestral.. Cambia su uso en vías urbanas. La otra gran novedad es respecto su uso en la ciudad. Esta nueva normativa iguala las autocaravanas al resto de vehículos. La DGT es muy directa: «Las autocaravanas pueden efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo, aunque también han de respetar la normativa y señalización que en vías urbanas de titularidad municipal pudieran haber dispuesto los Ayuntamientos». Este último apartado es clave porque puede provocar multas en caso de incumplimiento.. Cada municipio es soberano como explica el Tribunal Supremo en su Sentencia de 13/03/2018. Esta decisión estima que la Ordenanza de Circulación de un municipio tiene capacidad para limitar los tiempos de estacionamiento, así como para prohibir acampar, con excepción de las zonas autorizadas por la Autoridad Municipal, de caravanas, autocaravanas o similares en las vías urbanas o en los espacios adyacentes a estas, del término municipal.. Reconocidas como alojamiento turístico y creación de una nueva señal. Esta actualización también incluye la regulación de las áreas de acogida de autocaravanas como modalidad de alojamiento turístico, entre las que se incluyen las nuevas incorporaciones normativas de la Comunidad Foral de Navarra, Extremadura o la Comunidad de Madrid, entre otras. La DGT informa de las condiciones que se deben cumplir para ser reconocidas como tal: «Deben proporcionar una serie de servicios necesarios para estos vehículos y estar adecuadamente señalizadas para que los usuarios puedan identificarlas con facilidad».. Esto no es fácil de saber, pero para poder distinguirlo también se ha creado la nueva señal S-128 “Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas”, que aparece en el Catálogo de Señales verticales de circulación tras su última actualización publicada en 2025. Esta nueva señal indica la situación de un punto de vaciado de aguas residuales para este tipo de vehículos. Un paso más para unos vehículos que han pasado de ser poco más de 48.000 en 2025 a casi 137.000 en la actualidad.

 

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