Galicia se convierte en la primera comunidad autónoma de España en prohibir expresamente el consumo y la venta de vapeadores y bebidas energéticas a menores de edad. La medida está incluida en la nueva ley de protección de la salud para la prevención de conductas adictivas, publicada este miércoles en el Diario Oficial de Galicia, y supone un cambio profundo en la regulación de estos productos, cada vez más extendidos entre la población juvenil.. La norma, impulsada por la Consellería de Sanidade, entrará en vigor dentro de dos meses y se apoya en la evidencia científica y en los datos de la encuesta estatal Estudes, elaborada por el Ministerio de Sanidad. Según el informe de 2025, el 41,4 % de los jóvenes gallegos de entre 14 y 18 años ha probado alguna vez los vapeadores, una cifra que supera ampliamente al consumo de tabaco tradicional, situado en el 29,2 %.. Vapeadores como tabaco y energéticas como alcohol. Uno de los ejes centrales de la ley es la equiparación legal de los vapeadores al tabaco, lo que implica que todas las restricciones vigentes para fumar pasan a aplicarse también a los cigarros electrónicos.. De este modo, quedará prohibido vapear en un radio de 50 metros de los accesos a centros educativos, sanitarios y edificios de la administración pública, así como en marquesinas de transporte público y piscinas de uso colectivo, con el objetivo de reducir la exposición al humo y al aerosol entre los denominados fumadores pasivos.. En paralelo, la ley regula de forma específica las bebidas energéticas con altos niveles de cafeína, definiendo como tales aquellas que contienen 32 miligramos o más por cada 100 mililitros, además de otros ingredientes estimulantes. Sanidade advierte de que una sola lata puede equivaler al consumo de tres cafés, una cantidad considerada excesiva para menores. A partir de ahora, estas bebidas se equiparan al alcohol y queda prohibida su venta y consumo a menores, siguiendo el ejemplo de países como Polonia o Letonia.. Además, los establecimientos estarán obligados a colocar las bebidas energéticas en espacios diferenciados de los refrescos convencionales, como medida de concienciación y para evitar su normalización entre niños y adolescentes.. Riesgos asociados y papel de las familias. La Consellería de Sanidade ha alertado de que el consumo de bebidas energéticas es habitual entre la juventud mezclado con alcohol, una práctica que incrementa notablemente el riesgo de intoxicaciones graves y de coma etílico. Por ello, la ley refuerza el papel del sistema sanitario y de las familias en la prevención.. Así, cuando un menor tenga que ser atendido por intoxicación por alguna sustancia psicoactiva, los servicios sanitarios requerirán la presencia de sus familiares o tutores legales, a quienes se facilitará información, asesoramiento y recursos preventivos. En caso de una segunda atención por el mismo motivo, se ofrecerá al menor la participación en un programa específico de ayuda, recomendando que se realice conjuntamente con un adulto responsable.. Más límites al alcohol y a la publicidad. La nueva normativa también incide en la responsabilidad de los adultos como ejemplo para la infancia. Por ello, no se permitirá la venta de alcohol en centros docentes, espacios de ocio infantil ni recintos destinados a espectáculos públicos cuando las actividades estén dirigidas a menores. En el ámbito deportivo, esta prohibición ya estaba vigente desde 2012.. Asimismo, se veta la promoción del consumo excesivo o descontrolado de alcohol en los establecimientos donde esté autorizada su ingesta y se restringe la publicidad de alcohol y bebidas energéticas en la vía pública en un radio de 100 metros alrededor de centros educativos y de acogida. Las máquinas expendedoras solo podrán vender alcohol si incorporan sistemas de verificación de mayoría de edad.. Prevención y alternativas a la sanción. La ley apuesta también por un enfoque preventivo y educativo. En este sentido, se contempla la posibilidad de sustituir las sanciones por la participación en programas preventivos o asistenciales, así como por trabajos comunitarios relacionados con la conducta infractora.. Además, en los controles del programa de salud infantil a partir de los 12 años se incorporarán intervenciones preventivas de cribado sobre el consumo de alcohol, tabaco, cánnabis, bebidas energéticas y el uso problemático de las tecnologías.. Como instrumento de coordinación, la norma prevé la creación de una comisión de prevención de las adicciones en Galicia, que permitirá reforzar la cooperación entre las distintas administraciones y evaluar el impacto de las medidas.
La nueva ley de protección de la salud, pionera en España, equipara los cigarros electrónicos al tabaco y las bebidas energéticas al alcohol
Galicia se convierte en la primera comunidad autónoma de España en prohibir expresamente el consumo y la venta de vapeadores y bebidas energéticas a menores de edad. La medida está incluida en la nueva ley de protección de la salud para la prevención de conductas adictivas, publicada este miércoles en el Diario Oficial de Galicia, y supone un cambio profundo en la regulación de estos productos, cada vez más extendidos entre la población juvenil.. La norma, impulsada por la Consellería de Sanidade, entrará en vigor dentro de dos meses y se apoya en la evidencia científica y en los datos de la encuesta estatal Estudes, elaborada por el Ministerio de Sanidad. Según el informe de 2025, el 41,4 % de los jóvenes gallegos de entre 14 y 18 años ha probado alguna vez los vapeadores, una cifra que supera ampliamente al consumo de tabaco tradicional, situado en el 29,2 %.. Vapeadores como tabaco y energéticas como alcohol. Uno de los ejes centrales de la ley es la equiparación legal de los vapeadores al tabaco, lo que implica que todas las restricciones vigentes para fumar pasan a aplicarse también a los cigarros electrónicos.. De este modo, quedará prohibido vapear en un radio de 50 metros de los accesos a centros educativos, sanitarios y edificios de la administración pública, así como en marquesinas de transporte público y piscinas de uso colectivo, con el objetivo de reducir la exposición al humo y al aerosol entre los denominados fumadores pasivos.. En paralelo, la ley regula de forma específica las bebidas energéticas con altos niveles de cafeína, definiendo como tales aquellas que contienen 32 miligramos o más por cada 100 mililitros, además de otros ingredientes estimulantes. Sanidade advierte de que una sola lata puede equivaler al consumo de tres cafés, una cantidad considerada excesiva para menores. A partir de ahora, estas bebidas se equiparan al alcohol y queda prohibida su venta y consumo a menores, siguiendo el ejemplo de países como Polonia o Letonia.. Además, los establecimientos estarán obligados a colocar las bebidas energéticas en espacios diferenciados de los refrescos convencionales, como medida de concienciación y para evitar su normalización entre niños y adolescentes.. Riesgos asociados y papel de las familias. La Consellería de Sanidade ha alertado de que el consumo de bebidas energéticas es habitual entre la juventud mezclado con alcohol, una práctica que incrementa notablemente el riesgo de intoxicaciones graves y de coma etílico. Por ello, la ley refuerza el papel del sistema sanitario y de las familias en la prevención.. Así, cuando un menor tenga que ser atendido por intoxicación por alguna sustancia psicoactiva, los servicios sanitarios requerirán la presencia de sus familiares o tutores legales, a quienes se facilitará información, asesoramiento y recursos preventivos. En caso de una segunda atención por el mismo motivo, se ofrecerá al menor la participación en un programa específico de ayuda, recomendando que se realice conjuntamente con un adulto responsable.. Más límites al alcohol y a la publicidad. La nueva normativa también incide en la responsabilidad de los adultos como ejemplo para la infancia. Por ello, no se permitirá la venta de alcohol en centros docentes, espacios de ocio infantil ni recintos destinados a espectáculos públicos cuando las actividades estén dirigidas a menores. En el ámbito deportivo, esta prohibición ya estaba vigente desde 2012.. Asimismo, se veta la promoción del consumo excesivo o descontrolado de alcohol en los establecimientos donde esté autorizada su ingesta y se restringe la publicidad de alcohol y bebidas energéticas en la vía pública en un radio de 100 metros alrededor de centros educativos y de acogida. Las máquinas expendedoras solo podrán vender alcohol si incorporan sistemas de verificación de mayoría de edad.. Prevención y alternativas a la sanción. La ley apuesta también por un enfoque preventivo y educativo. En este sentido, se contempla la posibilidad de sustituir las sanciones por la participación en programas preventivos o asistenciales, así como por trabajos comunitarios relacionados con la conducta infractora.. Además, en los controles del programa de salud infantil a partir de los 12 años se incorporarán intervenciones preventivas de cribado sobre el consumo de alcohol, tabaco, cánnabis, bebidas energéticas y el uso problemático de las tecnologías.. Como instrumento de coordinación, la norma prevé la creación de una comisión de prevención de las adicciones en Galicia, que permitirá reforzar la cooperación entre las distintas administraciones y evaluar el impacto de las medidas.
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